Podrá aplicarse las bonificaciones en sus cotizaciones una vez que haya comunicado la finalización de la formación. El plazo para realizarlo concluye el último día hábil de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico“.
Por aclarar posibles dudas comentar que los cursos de formación y PIF que se comuniquen a la Fundación Tripartita deben acabar el 31 de Diciembre, mientras que la notificación de finalización de éstos en la aplicación telemática deberá realizarse el último día hábil de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.
Es ahora cuando las empresas nos llaman apuradas por consumir su crédito de formación pendiente y pensamos que ojalá se pudiera congelar el tiempo para poder acudir a todas las peticiones. En estas fechas yo siempre trato de asesorar al cliente de los pros y contras y de las posibilidades de realización de una formación de calidad en estas circunstancias.
En la mayoría de las ocasiones el cliente nos agradecerá el buen asesoramiento frente a la actitud de tratar de vender un curso cueste lo que cueste. La calidad de la formación debería prevalecer ante todo.
¿Se os ha dado algún problema con algún cliente al gestionar planes de formación bonificable y/o PIF en estas fechas?
Un abrazo.
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